Se regula honorario profesional del Abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
Se regula honorario profesional del Abogado de la parte demandante, en la suma de Bs. 500 (quinientos 00/100 Bolivianos) que mandará pagar la Juez a quo en ejecución de Sentencia
- Demandada : AXS
- CONSIDERANDO I
- Interpuestos los recurso de apelación tanto por la representante legal AXS BOLIVIA S
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Señaló también que el Auto de Vista Nº 96/2015 habría erróneamente dispuesto confirmar la Sentencia,
- Que el Tribunal Supremo de Justicia mediante los Autos Supremos Nº 205 de 6 de
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 96/15
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado el recurso de casación, corresponde resolver el mismo
- De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Para ello resulta necesario establecer que la comisión es la cantidad que se cobra por
- En ese sentido y atendiendo la obligación de protección del Estado, con fundamento en los
- Máxime si en el caso objeto de análisis, se visualiza que la parte recurrente no
- Toda vez que del examen de la Sentencia de fs
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional del Abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
