Auto Supremo AS/0146/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2016

Fecha: 06-May-2016

Toda vez que del examen de la Sentencia de fs

Por otro lado, el recurrente pretende que en estado casacional se ingrese a la censura de las resoluciones de grado, acusando que las mismas habrían formado convicción sobre prueba insuficiente, desconociendo que en tales casos la ley autoriza fallar con sustento en el principio in dubio pro operario, de tal modo que, de existir duda sobre los hechos, se estará a lo que más favorezca al trabajador, lo que no sería posible en caso de que la entidad demandada hubiese desvirtuado con prueba fundante las pretensiones del demandante, lo que no ocurrió en autos, no encontrando merito este Supremo Tribunal para casar el Auto de Vista recurrido.
Toda vez que del examen de la Sentencia de fs. 193 a 198, como del Auto de Vista de fs. 220 a 221, se evidencia que el A quo realizó una valoración conjunta de toda la prueba aportada por ambas partes, otorgándoles a cada una de ellas, conforme se tiene en su lectura, la eficacia que la ley le asigna, mismas que fueron evaluados bajo las reglas de la sana crítica, por lo cual no pueden ser tomadas las literales ahora acusadas, como una prueba contundente que se imponga al resto sino como parte de un conjunto, susceptible a ser restada en su eficacia frente a otros medios probatorios que otorguen mayor convicción, por lo esbozado, es evidente que el a quo, no le restó o adicionó el contendido material que surge de la prueba antedicha, sino que cumpliendo su tarea propia de los juzgadores de instancia, valoró dentro el marco establecido por las reglas de la sana crítica, y éstas no generaron la convicción suficiente en su contraste con el demás conjunto probatorio; por lo que no es evidente el reclamo esgrimido en casación