Auto Supremo AS/0357/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0357/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo del recurso de


V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el presente caso, se establece que el 10 de diciembre de 2015 el recurrente fue notificado con el Auto de Vista y el 17 del mismo mes y año, formuló el presente recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su legal notificación, cumpliendo el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo del recurso de casación, el recurrente en lo sustancial denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en Inobservancia de la Ley Sustantiva, señalando: “el referido a las reglas del “‘Concurso de Delito’” (sic) que carece de fundamentación en relación al concurso de delitos, que no se señaló cuál de las reglas del “’Concurso de Delitos’” (sic) fue utilizada; al efecto, cabe señalar que el recurrente incumplió con su deber de invocar el precedente contradictorio establecido en el art. 416 del CPP, como tampoco fundamentó la presunta contradicción, extremo que determina la declaratoria de inadmisibilidad del presente motivo, que tampoco es posible admitirlo vía flexibilización, en razón a que no denunció violación de ningún derecho o garantía constitucional, lo que impide a este Tribunal proceder a su admisión vía flexibilización; consecuentemente este motivo deviene en inadmisible