Argumentan que no se consideró en la configuración del delito, los elementos constitutivos del tipo
Argumentan que no se consideró en la configuración del delito, los elementos constitutivos del tipo penal; toda vez que la desocupación del inmueble, no correspondía ser resuelto en la vía penal, siendo los imputados poseedores del bien, lugar donde se encuentra su domicilio; que los hechos atribuidos del 17 de noviembre de 2014, constituyen más al contrario una tentativa de despojo, perturbación de posesión o avasallamiento a su domicilio por parte de los acusadores, cuyo fin único fue el de hacerles desocupar el lote, vulnerando la inviolabilidad al domicilio, motivos que determinan la inexistencia del delito acusado. Citan como precedentes los Autos Supremos 254/2005 de 22 de julio, 030/2007 de 26 de enero y 197/2013 de 11 de julio
- Por memorial presentado el 1 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 24 de noviembre de
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Argumentan que no se consideró en la configuración del delito, los elementos constitutivos del tipo
- 2) Denuncian que el imputado no está suficientemente individualizado (art
- 3) Refieren que se incurre en los defectos de los incs
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto al primer motivo recurrido, de los requisitos descritos en los arts
- Con relación al segundo y tercer motivo, se establece del análisis del recurso, en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
