De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 30/2015 de 1 de julio (fs. 188 a 194), el Juzgado Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró al imputado Demetrio Alejandro Maldonado Noya, autor de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Concurso Ideal, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 44 del CP y 365 del Código de Procedimiento Penal (CPP), condenándolos a la pena de privación de libertad de tres años y tres meses de reclusión en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, con costas y resarcimiento de daños
- Por memorial presentado el 3 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Demetrio Alejandro Maldonado Nava, formuló recurso de apelación
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Agrega que en cuanto al elemento constitutivo de la Apropiación Indebida relativo al provecho, se
- Y respecto al Abuso de Confianza, alega que el Auto de Vista señaló que no
- 2) Agrega que, de otro lado, la Resolución de alzada anuló la Sentencia porque no
- Alega que, a más de lo señalado, el acusado no ofreció prueba alguna dentro de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En el primer agravio denunciado en la presente demanda, relativo a que no sería evidente
- En cuanto al Auto Supremo 052 de 26 de enero de 2000, también invocado en
- Argumentos que resultan suficientes para viabilizar la admisión del segundo motivo, puesto que, como se
- El tercer motivo denunciado, pese a que denuncia la insuficiente motivación realizada por el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
