Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
c) Por diligencia de 27 de enero de 2016 (fs. 328), el ahora recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, quien interpuso el presente recurso de casación, el 3 de febrero del mismo año (fs. 335), el cual es objeto del siguiente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios:
1) Expone que no obstante haber demostrado en juicio oral, público y contradictorio con prueba plena, la autoría del imputado en la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, siendo inclusive que la doctrina legal aplicable estableció que dicha conducta se subsume a los tipos penales referidos; sin embargo, el Auto de Vista recurrido dispuso la anulación de la Sentencia y repuso el juicio, bajo el argumento que no se habrían cumplido todos los elementos constitutivos de los tipos penales atribuidos, dado que la Apropiación Indebida está condicionada al provecho para sí o un tercero, circunstancia que no hubiera dado cumplimiento, tomando en cuenta que el acusado formaría parte de la Sociedad, y de similar forma en cuanto al Abuso de Confianza, respecto del cual se señaló que no se demostró el daño ocasionado, más al contrario, “este delito menciona de retener como dueño lo recibido por título posesorio, siendo que el acusado formaría parte de la sociedad” (sic); decisión que contraviene lo establecido por el Auto Supremo 052 de 26 de enero de 2000, en el que se analiza una situación análoga; puesto que la víctima OSMAN SRL es una persona jurídica representada por Oscar Cruz Llanos, por lo tanto, si el imputado es o no socio de la misma y si tiene un porcentaje de cuotas de capital en ella, es totalmente irrelevante, habida cuenta que, el único que puede tomar decisiones sobre la administración y disposición de bienes de la sociedad es su administrador, es más cualquier división de la sociedad, debe hacérsela en Asamblea de Socios y no arbitrariamente como lo hizo, el procesado
- Por memorial presentado el 3 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Demetrio Alejandro Maldonado Nava, formuló recurso de apelación
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Agrega que en cuanto al elemento constitutivo de la Apropiación Indebida relativo al provecho, se
- Y respecto al Abuso de Confianza, alega que el Auto de Vista señaló que no
- 2) Agrega que, de otro lado, la Resolución de alzada anuló la Sentencia porque no
- Alega que, a más de lo señalado, el acusado no ofreció prueba alguna dentro de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En el primer agravio denunciado en la presente demanda, relativo a que no sería evidente
- En cuanto al Auto Supremo 052 de 26 de enero de 2000, también invocado en
- Argumentos que resultan suficientes para viabilizar la admisión del segundo motivo, puesto que, como se
- El tercer motivo denunciado, pese a que denuncia la insuficiente motivación realizada por el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
