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    Auto Supremo AS/0371/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0371/2016-RA

    Fecha: 23-May-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de febrero de 2016, que cursa de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Janeth Cuellar Chávez formuló recurso de apelación
    • c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 26 de enero de
    • 2) Por otra parte denuncia, que fue acusada, juzgada y sentenciada por los delitos de
    • 3) Denuncia, que el Auto de Vista recurrido incurrió en falta de fundamentación, constituyendo defecto
    • Añade, que el Tribunal de apelación, confundió la falta de valoración de la prueba con
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • De la revisión de antecedentes se tiene, que la recurrente cumplió con el primer requisito
    • En cuanto, al segundo motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista no
    • Por otra parte, también invocó el Auto Supremo 200/2012-RRC de 24 de agosto, que establecería
    • En la argumentación de este motivo, se evidencia que la recurrente explicó la posible contradicción
    • Con relación al tercer motivo, en el que reclama, que el Auto de Vista recurrido
    • En cuanto a la invocación del “A
    • Con relación a la invocación de la Sentencia Constitucional 0632/2010-R de 19 de julio, corresponde
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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