Auto Supremo AS/0373/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

Ahora bien, en relación a los demás requisitos, como primer motivo, denuncia que el


Ahora bien, en relación a los demás requisitos, como primer motivo, denuncia que el Tribunal de apelación, ante su denuncia de excepción e incidente de exclusión de acusación pública y particular planteado ante el Tribunal de sentencia, el Tribunal de alzada le habría respondido sin la debida fundamentación y motivación, infringiendo lo previsto por el art. 124 del CPP, incurriendo así en incongruencia omisiva, ya que, afirma, no se habría pronunciado en absoluto sobre los fundamentos esgrimidos en sus recursos de apelación; sobre este reclamo, corresponde señalar que el recurrente incurre en contradicción; por cuanto, por una parte denuncia que el razonamiento asumido por el Tribunal de alzada resultaría insuficientemente infundado; toda vez, habría señalado que se habría verificado que se cumplió en ambas acusaciones con la indicación de las circunstancias de modo tiempo y lugar que según ellas ocurrieron como se identificó debidamente la prueba, no existiendo verificación de agravio alguno; y, por otro lado el recurrente afirma, que el ad quem, no se pronunció en absoluto sobre los fundamentos esgrimidos en sus recursos de apelación; fundamentos, que en definitiva se contradicen; por cuanto, una cosa es cuestionar que el Auto de Vista carece de una debida fundamentación; y otra, sostener que no se habría pronunciado a los motivos impugnados en apelación restringida; en consecuencia, la referida incoherencia en la fundamentación del motivo de casación, impide que este Tribunal pueda ejercer su labor encomendada por ley, a través de la comparación del Auto de Vista recurrido con el precedente invocado, al no tenerse claro el motivo denunciado en la fundamentación sujeta a confrontación, situación por la que este motivo deviene en inadmisible