Auto Supremo AS/0446/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0446/2016

Fecha: 06-May-2016

Señala por otro lado que no haría apreciación de las pruebas incurriendo en error de

Señala por otro lado que no haría apreciación de las pruebas incurriendo en error de derecho al no argumentar la validez o no de las mismas, cometería erro de hecho por que no realizaría valoración de las mismas tomándolos como si fueran cualquier clase de documento, aludiendo luego al pago de los impuestos. Hace crítica al Auto de Vista, analiza lo que fuera “detentación”, con apreciaciones subjetivas y conclusiones desde su perspectiva. Que el Auto de Vista no tomaría en cuenta la significancia de la posesión, la presunción de la misma por el antecedente de haber poseído “antiguamente”, la presunta presunción en el tiempo intermedio o la justificación en contrario. Refiere a fechas de suscripción de documentos y que esos antecedentes fueran muestra de haberse comportado como verdaderos propietarios fundamentado en el artículo 138 del Código Civil, señalando asimismo los montos que hubiera entregado a los propietarios del bien inmueble