Sobre el reclamo que se hubiera demostrado posesión, considera el Tribunal que por las pruebas
Sobre el reclamo que se hubiera demostrado posesión, considera el Tribunal que por las pruebas producidas los recurrentes han ejercitado detentación y no una posesión, que nunca existió ánimus posidendi o intención de alegar para si un derecho real, nunca ejercieron posesión como si fueran los verdaderos dueños, resultando ilógico desde su análisis que en el tiempo de 15 años no se hubieran realizado mejoras, ampliaciones para el propósito demandado
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Porfirio Tinta Machicado y Carmela
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia
- Que en el caso de Autos se declaró improbada la pretensión de usucapión, entre otros
- Que los recurrentes señalarían que se extinguió la acción penal y la perención de instancia
- Sobre el reclamo que se hubiera demostrado posesión, considera el Tribunal que por las pruebas
- Que en el proceso se habría probado que se hicieron reparaciones de simple rutina o
- Que los recurrentes se limitarían a presentar dos facturas por servicio de electricidad y un
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala por otro lado que no haría apreciación de las pruebas incurriendo en error de
- Concluyen por señalar que con todo lo expuesto, en base a todos los agravios, violación,
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Lo anterior, muestra la incorrección con la que se formuló el “recurso de casación en
- Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución en sujeción a lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
