Auto Supremo AS/0482/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0482/2016

Fecha: 12-May-2016

En el caso de Autos, corresponde señalar que el recurso de casación en los puntos

En el caso de Autos, corresponde señalar que el recurso de casación en los puntos denunciados, cuestiona interpretación y aplicación errónea de la Ley cometido por el Tribunal de Alzada, misma que no habría considerado debidamente la confesión judicial ni la inspección ocular efectuada en el inmueble, elementos probatorios que a su criterio habrían demostrado la existencia de una venta fraudulenta y que los demandantes no habrían estado nunca en posesión del bien inmueble, debiendo aclarar que estos argumentos ciertamente no merecieron pronunciamiento alguno en segunda instancia, considerando el Tribunal de Alzada al recurso de apelación como una simple relación de hechos que en lo absoluto expresan agravios jurídicos y facticos, menos los perjuicios que les hubiera ocasionado; siendo su fundamento el siguiente: respecto del recurso de apelación contra la Resolución Nº 204/2012 de 27 de julio de 2012, cursante a fs. 29 que declaró improbadas las excepciones de litis pendencia y oscuridad e imprecisión formulada por los demandados, procediendo contra el mismo el recurso de reposición en el término de tres días y no de apelación directamente como erradamente lo interpusieron los demandados Antonio Guillermo Maceda Nacho y Nelly Aduviri de Maceda, por tratarse de un auto interlocutorio simple y no definitivo