Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados, mediante escrito de fs
Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados, mediante escrito de fs. 178 a 179, que mereció el Auto de Vista Resolución Nº S-139/15 de 05 de mayo, cursante de fs. 204 a 205, que en lo relevante fundamenta que el recurso de apelación interpuesto por los demandados contiene una simple relación de los hechos y que en lo absoluto expresan agravios jurídicos y facticos que la Resolución apelada les hubiera ocasionado, es decir, omiten argumentar como la Sentencia hubiera sido lesiva a sus intereses incumpliendo de esta forma lo previsto por el art. 227 del Código Adjetivo de la materia; por lo que en mérito a los fundamentos expuestos ANULA el Auto de alzada de fecha 23 de mayo de 2014, de fs. 184 vta., declarando ejecutoriada tanto la Resolución Nº 204/2012 de fecha 27 de julio de 2012 de fs. 28; así como la Sentencia Nº 077/2014 de fecha 25 de marzo de 2014, cursante a fs. 171-176, ambas emitidas por la Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados, mediante escrito de fs
- De las infracciones acusadas en el recurso de casación se extrae lo siguiente
- Acusa vulneración del art
- Acusa omisión del art
- Finalmente cuestiona la notificación de los demandados con la demanda, alegando que no fueron notificados
- Por lo expuesto, de conformidad con el art
- Legalmente notificado el abogado apoderado de los demandantes con el recurso de casación; señala que
- Finalmente señala que los demandados en ningún momento han demostrado tener derecho propietario sobre el
- Al respecto el A
- III.2- Del principio del “per saltum”
- Respecto del principio de “per saltum” el Auto Supremo Nº 154/2013 de fecha 08 de
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, corresponde señalar que el recurso de casación en los puntos
- Respecto de la nulidad de notificación con la demanda cuestionada en el recurso de casación,
- Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la en el fondo y
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
