Finalmente señala que los demandados en ningún momento han demostrado tener derecho propietario sobre el
Refiere que la acción reivindicatoria es el “reconocimiento, protección y libre ejercicio de un derecho real inmobiliario y a la acción ejercida por una persona que reclama la restitución de una cosa de la que se cree propietario, se funda en la existencia de un derecho de propiedad y tiene la finalidad de obtener la posesión…”
Respecto de la pretendida nulidad de notificación, señala que este reclamo no fue interpuesto ante los tribunales inferiores por lo que habría sido convalidado por los demandados al momento de haber opuesto excepciones, habiendo precluido cualquier reclamo de esta naturaleza.
Finalmente señala que los demandados en ningún momento han demostrado tener derecho propietario sobre el bien objeto de litigio que pudiera enervar el derecho propietario acreditado por los demandantes, concluyendo la inexistencia de vulneración de las normas invocada en el recurso de casación; por lo que pide sea declarado infundado con imposición de costas
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados, mediante escrito de fs
- De las infracciones acusadas en el recurso de casación se extrae lo siguiente
- Acusa vulneración del art
- Acusa omisión del art
- Finalmente cuestiona la notificación de los demandados con la demanda, alegando que no fueron notificados
- Por lo expuesto, de conformidad con el art
- Legalmente notificado el abogado apoderado de los demandantes con el recurso de casación; señala que
- Finalmente señala que los demandados en ningún momento han demostrado tener derecho propietario sobre el
- Al respecto el A
- III.2- Del principio del “per saltum”
- Respecto del principio de “per saltum” el Auto Supremo Nº 154/2013 de fecha 08 de
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, corresponde señalar que el recurso de casación en los puntos
- Respecto de la nulidad de notificación con la demanda cuestionada en el recurso de casación,
- Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la en el fondo y
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
