Refiere que el memorial de recurso, adolece de increíbles defectos legales que lo hacen inoperantes,
II.2. De la respuesta al recurso de casación:
Del contenido de los memoriales de contestación al recurso de casación, en lo pertinente y esencial se resume lo siguiente:
Refiere que el memorial de recurso, adolece de increíbles defectos legales que lo hacen inoperantes, ya que no cumple con los requisitos señalados en el art. 258 del C.P.C., porque si bien en la suma menciona “recurso de casación”, al final del memorial pide “…Y en vista que el Juez A quo y el Auto de Vista resolvió de forma anómala, carece de motivación corresponde que sus autoridades dispongan la nulidad y revocatoria conforme al art. 257, 258, 260…”. Respondiendo a dicho memorial pide declare ejecutoriado el Auto de Vista, ya que el recurrente pide que dispongan dicha “nulidad y revocatoria”
Del contenido de los memoriales de contestación al recurso de casación, en lo pertinente y esencial se resume lo siguiente:
Refiere que el memorial de recurso, adolece de increíbles defectos legales que lo hacen inoperantes, ya que no cumple con los requisitos señalados en el art. 258 del C.P.C., porque si bien en la suma menciona “recurso de casación”, al final del memorial pide “…Y en vista que el Juez A quo y el Auto de Vista resolvió de forma anómala, carece de motivación corresponde que sus autoridades dispongan la nulidad y revocatoria conforme al art. 257, 258, 260…”. Respondiendo a dicho memorial pide declare ejecutoriado el Auto de Vista, ya que el recurrente pide que dispongan dicha “nulidad y revocatoria”
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1
- Aclara que la demanda instaurada se fundamenta en el art
- El objeto del contrato es lograr el cumplimiento efectivo por parte de los mandatarios, al
- Dentro del marco y desarrollo de la demanda de nulidad, es justamente demandar la ilicitud
- Enfatiza que los documentos presentados por las demandas corresponden a otra propiedad, que también se
- Hace referencia al punto II
- De igual manera quiere ser enfático que su esposa recibió evidentemente un documento, cursante a
- Expone que la Constitución Política del Estado, establece y garantiza el derecho de propiedad de
- Por todo lo expuesto y en vista de que el A quo y el Auto
- Refiere que el memorial de recurso, adolece de increíbles defectos legales que lo hacen inoperantes,
- En otras palabras pide revocar o anular su propia resolución infringiendo el art
- En la Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las
- En la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y motivación
- En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera
- Remitiéndonos al sub punto III
- De la revisión del Auto de Vista de fs
- Por otra parte, es de advertir que el impugnante en los fundamentos de su recurso
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
