5
4.-De igual manera expresa que a fs. 113 existe un certificado de derechos reales de fecha 23 de marzo de 2007 sobre una matrícula 2014010000293 que tenían inscrito los demandados sobre 10.000 m2., de los cuales queda únicamente 4.810 m2., bajo la matricula 2014010047735.
5.-Asimismo expresa que de fs. 115 a 221 corre fotocopias legalizadas del proceso penal por estelionato seguido por sus personas contra los vendedores, y la declaración de Andrés Quispe donde se demuestra que se realizó la venta, en el mismo sentido señala que a fs. 222 cursa una fotocopia legalizada de un recibo de pago a cuenta por venta de terreno e 5.000 mts., en la Zona de San Roque de esta ciudad por Bs. 3.000
5.-Asimismo expresa que de fs. 115 a 221 corre fotocopias legalizadas del proceso penal por estelionato seguido por sus personas contra los vendedores, y la declaración de Andrés Quispe donde se demuestra que se realizó la venta, en el mismo sentido señala que a fs. 222 cursa una fotocopia legalizada de un recibo de pago a cuenta por venta de terreno e 5.000 mts., en la Zona de San Roque de esta ciudad por Bs. 3.000
- Quispe Esquivel y
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por la parte demandante a través de su memorial de fs
- IV
- Contra la referida Resolución, la parte demandante interpone recurso de casación de fs
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 2
- 3
- 5
- 6
- 7
- 8
- Asimismo afirma que las declaraciones en obrados evidencian que ha existido pleno consentimiento para vender
- RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
- Y que el presente recurso no cumple con los requisitos exigidos por ley, es más
- III.1.- Del Régimen de Nulidades Procesales
- Por otra parte el art
- III.2.- De la producción de prueba de oficio
- La SCP Nº 0112/2012 de 27 de abril señaló: “…la constitución de 2009, inicia un
- En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 9 de mayo, razonó lo siguiente: “Desde
- El proceso tiene una doble finalidad, una privada donde el proceso sirve al individuo para
- Ahora bien, en este Estado Social, Constitucional de Derecho el rol que antes se le
- En esta lógica, la nueva forma de impartir justicia que nace a partir de nuestra
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- En este sentido acudiendo al derecho comparado la Sentencia T-264/09 de la Corte Constitucional de
- La verdad, desde el primer punto de vista no resulta relevante e, incluso, puede convertirse
- Desde el segundo punto de vista, en cambio, se considera que una decisión solo es
- En este entendido si bien la ley no determina las formas de determinar la individualización
- V.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Que conforme se desprende de esas resoluciones y de los antecedentes que hacen a la
- Ello en sujeción al principio de independencia que le da al Juez un amplio margen
- Dentro de esta perspectiva siendo deber del Estado buscar la verdad en el proceso civil,
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
