Auto Supremo AS/0514/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0514/2016

Fecha: 16-May-2016

Asimismo afirma que las declaraciones en obrados evidencian que ha existido pleno consentimiento para vender


Expone que la apreciación de afirmar que se hubiera respondido negativamente cuando se no ha hecho, hace que el Auto de Vista vulnere el art. 346 del C.P.C.,
Asimismo afirma que las declaraciones en obrados evidencian que ha existido pleno consentimiento para vender el bien que se pagó el precio de la venta, que existe correctamente, habiéndose justificado su demanda, y el que el Auto de Vista no analizo ninguna de sus pruebas