Auto Supremo AS/0514/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0514/2016

Fecha: 16-May-2016

En esta lógica, la nueva forma de impartir justicia que nace a partir de nuestra


En esta lógica, la nueva forma de impartir justicia que nace a partir de nuestra norma fundamental, como se fundamentó supra el proceso reviste dos finalidades que son: 1) porque es a través de él que las partes resolverán sus controversias jurídica y; 2) esencialmente publica, porque a través de él, el estado cumplirá una de sus funciones esenciales como es la jurisdiccional, vale decir la función de impartir justicia, esta segunda finalidad que prevalece sobre la primera, resulta de escencial comprensión, porque solo así se entenderá la esencia de los principios de eficacia, eficiencia y verdad material entre otros. Al Estado le incumbe cumplir la función de impartir justicia y por mandato constitucional dicho cumplimiento debe propender a lograr la armonía social, que será posible si la solución de las controversias se sustentan sobre la verdad material y real de los hechos que se juzgan y no sobre la verdad formal que intencionalmente presentan las partes, situación que debe ser tomada en cuanta por la jurisdicción ordinaria civil en procura de emitir resoluciones eficaces