Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0519/2016
Fecha: 16-May-2016
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Proceso: Nulidad de documento de compra venta
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Distrito: Cochabamba
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I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución que puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que José Willy Arze
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En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
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Resolución que dio lugar al Recurso de Casación interpuesto por José Willy Arze Condori representado
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II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Respecto a la personería que, según lo refirió el Tribunal de Alzada, no tendría el
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Denuncia que el Tribunal de Alzada no considero en absoluto el recibo de anticipo de
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Por los fundamentos expuestos solicita casar el Auto de Vista y declarar probada la demanda
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De la respuesta al recurso de casación
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De obrados se tiene que la parte demandada si bien fue notificada en fecha 23
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III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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III.2.- De la improponibilidad objetiva
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En principio corresponde precisar que este Tribunal continuando con el entendimiento dado por la extinta
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III.3.- Del principio del error o falta propia
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Con relación a este punto, corresponde referirnos previamente a la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0112/2012
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En ese entendido, los principios éticos morales consagrados en el art
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En virtud a lo dispuesto en el art
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De igual forma, refirió que la declaración voluntaria citada supra, se encontraría corroborada con el
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De dichos antecedentes se deduce que la parte actora solicitó la nulidad del documento de
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En virtud a las razones expuestas, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia resolver conforme
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sin responsabilidad de los jueces de instancia por ser excusable el error
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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