Auto Supremo AS/0519/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2016

Fecha: 16-May-2016

III.3.- Del principio del error o falta propia

De lo expuesto corresponde hacer hincapié en las situaciones en las cuales resulta legítimo rechazar in limine una pretensión, es decir los casos en los cuales el Juez debe ejercer esa facultad de repulsar una demanda por infundabilidad o improponibilidad objetiva, siendo entre estas aquellas pretensiones en las que falta un interés susceptible de ser protegido, o demanda imposible; de la multiplicidad de relaciones subjetivas que se suceden en el tráfico jurídico no todas encuentran un amparo por el derecho, existen relaciones jurídicas que se crean al margen de la legalidad y que el ordenamiento las priva de tutela jurídica por estar en pugna con el orden público o ser contrarias a la ley.
III.3.- Del principio del error o falta propia