Auto Supremo AS/0525/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0525/2016

Fecha: 16-May-2016

De este antecedente, se entiende que el pago del saldo de $us

De este antecedente, se entiende que el pago del saldo de $us.- 3.500.- a favor de los vendedores ha quedado condicionado, a través del documento de fs. 3 vta., suscrito entre ambas partes, para que los vendedores cumplan con su obligación de entregar las piezas pactadas en la fecha estipulada, para luego recibir el pago del saldo adeudado por parte de los compradores, deduciéndose por ello que los compradores no estaban obligados a pagar el saldo de $us.- 3.500.- a los vendedores en tanto éstos no satisfagan la obligación acordada y contraída en el contrato complementario de fs. 3 y vta., de entregar los las piezas faltantes ocupadas por Gonzalo Vladimir Rodríguez Santos; no siendo evidente que se haya vulnerado la previsión contenida en los arts. 210 y 219 del CC