Auto Supremo AS/0194/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2016

Fecha: 30-Jun-2016

Indicó que el auto de vista viola el art

Indicó que el auto de vista viola el art. 247 de la Ley de Organización Judicial (LOG) que especifica claramente la imposibilidad de anular de oficio actuaciones cuya vulneración no se encuentran sancionadas con nulidad por ley expresa; toda vez que, la nulidad sólo procede cuando causa daño o perjuicio a quien la solicita, lo que no sucede en el presente caso, puesto que al ser presentada la objeción por la parte a la cual favorece la sentencia, la inobservancia del procedimiento no afecta a la misma y tampoco pone en indefensión a la parte actora por no ser ésta la que objeto dicha prueba