Auto Supremo AS/0196/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2016

Fecha: 30-Jun-2016

El referido Auto de Vista, motivó a la institución demandante a través de su administrador

I.2 Motivos del recurso de casación
El referido Auto de Vista, motivó a la institución demandante a través de su administrador departamental, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 71 a 72 vta., esgrimiendo los siguientes argumentos:
Señala que el auto de vista recurrido violenta e inobserva lo establecido por los arts. 45 núm. I y II, y el art. 48 núm. IV de la Constitución Política del Estado (CPE), ya que por principio constitucional de imprescriptibilidad, los derechos cubiertos por la seguridad social y las obligaciones de los empleadores regulados por el Código de Seguridad Social(CSS), y en este caso del asegurado voluntario, no están sujetos al instituto de la prescripción. Por lo que toda persona laboriosa trabaja y financia la seguridad social para sus anteriores y posteriores en generación, bajo el principio de solidaridad que establece que el ser acreedor a las prestaciones implica la obligación de contribuir a su financiamiento, entendiéndose que los aportes para las prestaciones del seguro social obligatorio no podrían caducar por el solo transcurso del tiempo