Auto Supremo AS/0196/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2016

Fecha: 30-Jun-2016

Por lo expuesto precedentemente, se concluye que el Tribunal de Alzada aplicó e interpretó correctamente

Por lo expuesto precedentemente, se concluye que el Tribunal de Alzada aplicó e interpretó correctamente la normativa vigente a momento de emitir la resolución recurrida, correspondiendo resolver el recurso deducido por la Caja Petrolera de Salud de fs. 71 a 72 vta., en la forma dispuesta por los arts. 271. 2) y 273 del CPC, aplicables en la materia con la facultad remisiva de los arts. 630 y 633, del Reglamento al Código de Seguridad Social (RCSS)