Auto Supremo AS/0205/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En lo referido a la Sentencia, del que se acusa habría sido expedida extemporáneamente, se

En lo referido a la Sentencia, del que se acusa habría sido expedida extemporáneamente, se tiene que la ahora recurrente llevó como agravio tal ítem ante el tribunal de apelación, el mismo que fue resuelto por dicho tribunal de manera puntual y con total sindéresis jurídica, señalando no ser evidente tal extremo, aspecto que resulta correcto, por cuanto a fs. 460 de obrados, cursa nota del Secretario dejando constancia que el expediente ingresó a despacho para sentencia en 2 de febrero de 2015, fecha que, con arreglo al art. 80 del CPT, inicia el cómputo del plazo de 10 días establecido por el art. 79 del mismo cuerpo legal. Así entonces y teniendo en cuenta que la sentencia fue expedida en 3 de febrero de 2015, no cabe duda que la misma fue pronunciada dentro el término legal