Planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al
Planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido y los antecedentes del proceso, se concluye lo siguiente:
1.Como se tiene comprobado a fs. 487, el Auto de Vista No 128/15 fue emitido el 26 de octubre de 2015, a fs. 486 se puede comprobar que el 23 de octubre de 2015 se registra el sorteo de la causa. Por mandato del art. 209 del CPT el plazo para pronunciar resolución en grado de apelación es de “diez días de sorteado el expediente…”. Por tanto, la Resolución emitida por el Tribunal ad quem, contrariamente a lo alegado por la recurrente, se encuentra dentro del término establecido por Ley.
Asimismo, éste Tribunal advierte que los alegatos de la recurrente sobre el caso no resultan suficientes para hacer cabida a la nulidad impetrada, habida cuenta que se reduce a conjeturas sin sustento probatorio
1.Como se tiene comprobado a fs. 487, el Auto de Vista No 128/15 fue emitido el 26 de octubre de 2015, a fs. 486 se puede comprobar que el 23 de octubre de 2015 se registra el sorteo de la causa. Por mandato del art. 209 del CPT el plazo para pronunciar resolución en grado de apelación es de “diez días de sorteado el expediente…”. Por tanto, la Resolución emitida por el Tribunal ad quem, contrariamente a lo alegado por la recurrente, se encuentra dentro del término establecido por Ley.
Asimismo, éste Tribunal advierte que los alegatos de la recurrente sobre el caso no resultan suficientes para hacer cabida a la nulidad impetrada, habida cuenta que se reduce a conjeturas sin sustento probatorio
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- Firmado
