Auto Supremo AS/0222/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En cuanto a la crítica respecto a que el Auto Supremo citado en el Auto

En cuanto a la crítica respecto a que el Auto Supremo citado en el Auto de Vista recurrido como jurisprudencia, debe comprenderse que si bien puede no responder al mismo tipo de situación jurídica, por cuanto el caso de análisis tiene que ver con aportes de trabajadores en bancos, dicha crítica tampoco desvirtúa el reconocimiento efectuado al trabajador en el Auto de Vista recurrido, de los años de servicio que corresponden ser considerados para la Compensación de Cotizaciones del trabajador, en correcta aplicación del art. 14 del DS N° 27543 de 31 de mayo de 2004, como en reiterados fallos ha señalado este Tribunal Supremo, independientemente de que se trate de trabajadores que prestaron servicios en entidades bancarias, como parece ser el argumento de la entidad recurrente