Auto Supremo AS/0222/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En ese sentido, el razonamiento expuesto por la parte recurrente para fundar una probable vulneración

En ese sentido, el razonamiento expuesto por la parte recurrente para fundar una probable vulneración del art. 236 del CPC, resulta erróneo, porque el supuesto formulado por esta parte -en el sentido que el agravio denunciado no era tal, ya que que se habría cumplido lo dispuesto por el Auto de Vista N° 07/14-, en nada afecta el principio de la pertinencia arriba anotado; en todo caso, dicha afirmación corresponde a una cuestión de fondo que compete al Tribunal de Apelación verificar y a razón de ello, fallar en el caso en cuestión, como ocurrió en el caso; de modo que no se vislumbra una probable vulneración de la norma citada