Auto Supremo AS/0231/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Que los de instancia efectuaron un análisis somero de las pruebas existentes, toda vez que

Que en ambos casos no se fundamentó debidamente, desechando prueba idónea, violaciones de forma que vulnerarían el art. 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE), infringiéndose también la garantía del debido proceso establecido en el art. 115.II de la CPE, como una vertiente del derecho de defensa en juicio
I.2.2. Recurso de casación en el fondo
Que los de instancia efectuaron un análisis somero de las pruebas existentes, toda vez que la parte demandante no habría presentado prueba fehaciente, que no se consideró el monto de Bs.30.000 como un pago a cuenta, existiendo evidencia que el ahora demandante recibió dicho monto y manifestó que le fueron entregados