La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Félix Almendras Ortuste de fs. 246 a 250, únicamente con relación al primer motivo denunciado; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista impugnado, así como la presente Resolución
- Por memorial presentado el 26 de abril de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Félix Almendras Ortuste formuló recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 19 de abril de 2016 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Agrega que además, los mismos Vocales reconocen la legalidad de los documentos de transferencia, sobre
- 2) Señala que en el segundo motivo de su apelación restringida, acusó que la Sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- El primer motivo denunciado por el recurrente, relativo a que el Tribunal de alzada incurrió
- En el segundo motivo, se alega que en el recurso de apelación restringida denunció, que
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del motivo concreto, corresponde señalar que la labor
- En ese entendido, de la revisión de la denuncia contenida en el motivo ahora analizado,
- La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
- Asimismo, es posible advertir que en el presente motivo, el impugnante denunció que la determinación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
