Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 432/2016-RA
Sucre, 14 de junio de 2016
Expediente: Santa Cruz 36/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Limbert Saldaña Burgos
Delito : Suministro de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2015, cursante de fs. 241 a 243 vta., el representante del Ministerio Público interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 23 de 5 de marzo de 2015, de fs. 231 a 233 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Limbert Saldaña Burgos, por la presunta comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 432/2016-RA
Sucre, 14 de junio de 2016
Expediente: Santa Cruz 36/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Limbert Saldaña Burgos
Delito : Suministro de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2015, cursante de fs. 241 a 243 vta., el representante del Ministerio Público interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 23 de 5 de marzo de 2015, de fs. 231 a 233 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Limbert Saldaña Burgos, por la presunta comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 10 de diciembre
- Del memorial de fs. 241 a 243 vta., se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la parte recurrente cumplió con el primer
- Ahora bien, respecto a los motivos primero y segundo, en los cuales el representante del
- Respecto a la invocación de la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio, corresponde señalar,
- No obstante a lo anterior, en la fundamentación de este recurso, la parte recurrente denuncia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
