El art
Asimismo, se evidenció una incorrecta valoración de las atestaciones de los testigos, quienes no fueron creíbles; empero, se las otorgó credibilidad; en tal sentido evidenciando, que la Sentencia fue carente de lógica como componente del principio de congruencia, el Tribunal de alzada concluyó indicando: ”que habiéndose advertido el defecto absoluto de la Sentencia recurrida no es necesario hacer fundamentación alguna de los demás agravios, puesto que no cambiará la decisión final” (sic) haciendo una interpretación errada del Auto Supremo 103/2013 de 10 de abril, concluyendo de manera incorrecta en la anulación de la Sentencia y disponiendo el reenvió de la causa, cuando debió dictarse una Sentencia absolutoria, actuar que le causa agravio porque se la sometería a un nuevo juicio con la única intención de condenarla, porque estaría ante los mismos testigos, cuyas atestaciones fueron contradictorias. Asimismo, refiere que el fundamento de no ser necesario hacer mención a los demás agravios formulados, al haberse detectado defecto absoluto, deja de lado el Auto Supremo 86/2013 de 26 de marzo.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 30 de marzo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 24 de marzo de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 24 de marzo de 2016, fue
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que la recurrente denuncia, que el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
