Por memorial presentado el 20 de enero de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 455/2016-RRC
Sucre, 16 de junio de 2016
Expediente : Cochabamba 15/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Andrés Zurita Cruz
Delitos : Conducta Antieconómica y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de enero de 2016, cursante de fs. 394 a 400, Andrés Zurita Cruz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 16 de noviembre de 2015, de fs. 377 a 385, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, integrada por los Vocales Nuria Gisela Gonzalo Romero y Karen Lorena Gallardo Sejas, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, Peculado y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 26 de la Ley de Lucha contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, 142 y 224 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 455/2016-RRC
Sucre, 16 de junio de 2016
Expediente : Cochabamba 15/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Andrés Zurita Cruz
Delitos : Conducta Antieconómica y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de enero de 2016, cursante de fs. 394 a 400, Andrés Zurita Cruz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 16 de noviembre de 2015, de fs. 377 a 385, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, integrada por los Vocales Nuria Gisela Gonzalo Romero y Karen Lorena Gallardo Sejas, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, Peculado y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 26 de la Ley de Lucha contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, 142 y 224 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 20 de enero de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 23/2014 de 23 de septiembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.2. De los motivos de los recursos de casación
- Del recurso de casación y el Auto Supremo 243/2016-RA de 21 de marzo, cursante de
- El recurrente Andrés Zurita Cruz solicita: “se remita los antecedentes a la Corte Suprema de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- El Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama del Distrito Judicial de Cochabamba, en el apartado “FUNDAMENTACIÓN
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista impugnado que con relación al
- En el caso presente, la parte imputada recurre de casación denunciando que el Tribunal de
- III
- En el caso presente, se advierte de la revisión de los antecedentes venidos en casación,
- Ahora bien, efectuadas las precisiones anteriores, con relación a la denuncia de que el Tribunal
- Ahora bien, efectuada la precisión de antecedentes, de los fundamentos del Auto de Vista impugnado
- De otro lado, sumado a los argumentos esgrimidos, como en el anterior motivo, el recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
