Auto Supremo AS/0475/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2016-RA

Fecha: 24-Jun-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 475/2016-RA
Sucre, 24 de junio de 2016

Expediente: La Paz 42/2016
Parte Acusadora: Lucio Hugo Morales Aguilar
Parte Imputada: Justo Uraquini Aruquipa y otros
Delito: Despojo

RESULTANDO

Por memorial presentado el 6 de abril de 2016, cursante de fs. 799 a 819 vta., Lucio Hugo Morales Aguilar, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 74 “A”/2015 de 30 de septiembre, de fs. 754 a 756, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Justo Uraquini Aruquipa, Venancio Apaza Laura, Gregorio Paco Flores, Federico Chacón Tapia, Clemente Quispe Morales y Abraham Chura Mayta, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado en el art. 351 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 21/2012 de 14 de noviembre (fs. 439 a 444), la Jueza Cuarto de Partido Liquidador y de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Justo Uraquini Aruquipa, Federico Chacón Tapia, Clemente Quispe Morales, Abraham Chura Mayta y Gregorio Paco Flores, absueltos del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, con costas