Auto Supremo AS/0667/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0667/2016

Fecha: 27-Jun-2016

Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar lo siguiente

CONSIDERANDO II:
Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar lo siguiente:
Que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de La Paz, pronuncio Auto de Vista N° 110/2016 de fecha 17 de marzo 2016, por el cual confirma la Resolución – Sentencia N° 1069/2015 de fecha 28 de octubre; contra la referida Resolución, Juan Humberto Ramírez Pinto, interpone recurso de casación en el fondo cursante de fs. 21 a 23 del testimonio de compulsa, mismo que es corrido en traslado a la contra parte y con cuya respuesta el Tribunal Ad quem deniega su concesión mediante Auto de fecha 17 de mayo 2016 (fs. 28 del cuaderno de compulsa) por considerar que la Resolución no admite recurso de casación conforme lo determinado los arts. 434 y 444 del Código de las Familias y en aplicación del art. 274 parágrafo II numeral 2 del Código Procesal Civil