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    Auto Supremo AS/0722/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0722/2016

    Fecha: 28-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Chuquisaca
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por Litz Maribel Aparicio Ordoñez de
    • Refiere el recurrente, que el Auto de Vista SCCF II No
    • Pidiendo se dicte Auto Supremo anulando obrados, hasta el Auto de Vista y disponga que
    • Del recurso de casación de Litz Maribel Aparicio Ordoñez de López
    • Finalmente señala que el Tribunal de Apelación, como directores en segunda instancia del presente proceso,
    • Pidiendo que se dicte Auto Supremo, anulando obrados hasta el vicio más antiguo, inclusive el
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • En tema de nulidades, la doctrina como las legislaciones han venido avanzando y superado aquella
    • Entendimiento que también se encuentra plasmado en el Código Procesal Civil promulgado por Ley Nº
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Respecto del reclamo presentado por los recurrentes, se tiene que la misma tiende a atacar
    • De la revisión de antecedentes se tiene que por memorial de fs
    • Por memorial de fs
    • A fs
    • 4
    • El art
    • Corresponde así mismo señalar que en la parte final del Auto de fs
    • recurrida ha obrado en franca contradicción a lo dispuesto por los arts
    • Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma prevista por el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa al Tribunal de Alzada
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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