Auto Supremo AS/0738/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0738/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Por dichas razones los recurrentes solicitan que este Tribunal Supremo de Justicia case el Auto


Asimismo, acusan que la nulidad decretada por el Tribunal de Apelación, no tendría sustento material ni legal, pues dicha resolución infringiría el art. 247 de la Ley de Organización Judicial transgredir, norma que se encontraba vigente a momento de iniciarse el presente proceso, que disponía que la nulidad de obrados únicamente acontece por falta de citación con la demanda, notificación con la apertura del término de prueba y notificación la sentencia, extremos que no habrían acontecido en el caso de autos.

Por dichas razones los recurrentes solicitan que este Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, y se resuelva la causa en el fondo, declarando ejecutoriada la sentencia de fs. 894 a 899, con costas