Auto Supremo AS/0744/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0744/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Del contenido del reclamo se entiende que la entidad demandada persiste en haber entregado a


Del contenido del reclamo se entiende que la entidad demandada persiste en haber entregado a la demandante 1.637 garrafas de su propiedad y que las mismas deben ser restituidas a Y.P.F.B.; y de no existir físicamente las mismas la demandante estaría en el deber de resarcir los daños y perjuicios que correspondan. Al respecto debemos señalar lo establecido en el punto III.3 de la doctrina aplicable al caso referido a la valoración de pruebas producida por las partes, en el caso particular se tiene que todas las pruebas ofrecidas y producidas por ambas partes fueron consideradas y valoradas por los de instancia, cuyo conclusión en ambas instancias ha establecido que Y.P.F.B. en el curso del proceso no ha demostrado ese extremo; es decir haber entregado a la demandante la cantidad de garrafas que pretende se le restituyan, debido a que la demandante contaba con la cantidad suficiente de garrafas que eran de su propiedad; así se tiene establecido en el contrato de fs. 2-3 (Cláusula Sexta), careciendo el presente reclamo de sustento jurídico