Auto Supremo AS/0248/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2016

Fecha: 25-Jul-2016

En el caso de autos y en virtud a lo señalado en el párrafo que

En el caso de autos y en virtud a lo señalado en el párrafo que precede, de la revisión del fallo recurrido en casación de fs. 98, y en contraste con el memorial de apelación de la Sentencia de primera instancia de fs. 75, se advierte que el fallo pronunciado en Alzada, respondió y se pronunció con respecto a todos los agravios llevados en apelación por la parte demandante, que fue desfavorecida en la Sentencia de primer grado; en consecuencia, no resulta procedente la nulidad de obrados impetrada en casación, bajo la causal contenida en el art. 254.4) del Adjetivo Civil, pues como quedó anotado, no se encuentra evidente una falta de pronunciamiento de los aspectos llevados ante el Tribunal de segunda instancia