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3.Que el Tribunal de apelación incurrió en errónea interpretación del art. 12 del DS Nº 21137, por no haber tomado en cuenta la condición básica que impone tal artículo respecto a la ubicación geográfica en medición con coordenadas exactas respecto al lugar donde el demandante desarrolló su trabajo
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Carlos Alberto Morales Franco, en
- En conocimiento de la determinación asumida por el Tribunal de Alzada, la entidad demandada interpuso
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- Concluye solicitando a éste Tribunal, casar el Auto de Vista recurrido y, deliberando en el
- De los antecedentes relacionados supra, se advierte que el problema jurídico controvertido ronda en el
- Así también corresponde expedir pronunciamiento respecto a los alcances y efectos del art
- Respecto al primer planteamiento, debe considerarse que si bien el art
- En relación a la norma comprendida en el art
- Por lo relacionado y no siendo evidente las infracciones normativas acusadas por la parte recurrente,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
