Auto Supremo AS/0257/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0257/2016

Fecha: 25-Jul-2016

El recurrente inicia sus argumentos señalando, que del análisis del Auto de Vista se establece

I.2 Motivos del recurso de casación
El recurrente inicia sus argumentos señalando, que del análisis del Auto de Vista se establece que el Tribunal incurrió en violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley, citando a ese efecto el art. 253-1) y art. 3-1) del Código de Procedimiento Civil, norma final que establece los deberes de los jueces y tribunales de cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad; afirmando a continuación, que el Auto de Vista incumple lo dispuesto por la citada norma, pues la parte demandante no cumplió con lo dispuesto por el A quo, que en el Auto N° 133/2012 anuló obrados hasta la admisión de la demanda cumpliendo rigurosamente con la Ley y regularizando el proceso, ya que el demandante omitió señalar la norma en la que basa su demanda, citando erróneamente el art. 124 de la CPE, por lo que dispone la Juez, tener por no presentada la demanda de conformidad al art. 333 del CPC. Aspectos estos no tomados en cuenta por el Auto de Vista, al afirmar en su segundo considerando, que la parte actora procedió a subsanar las observaciones realizadas, señalando de forma clara la normativa legal en la que ampara su demanda, normativa que según el recurrente, versa sobre traición a la Patria, dejando patente así la errónea interpretación en la que incurre el Auto de Vista N° 44/2015-SSA-I. Citando a continuación a la SCP N° 0614/2013 de 27 de mayo y al art. 333 del CPC