Auto Supremo AS/0496/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2016-RRC

Fecha: 01-Jul-2016

Así se tiene que de la verificación de trabajos se evidenció que pese a haberse


Que el 18 de noviembre de 2009, se inspeccionó la obra junto con varias autoridades, en el que evidenciaron que la mencionada empresa incumplió el compromiso de reiniciar actividades; consiguientemente, se tuvo por incumplido el plazo del contrato de los 120 (ciento veinte) días, siendo así que en el mes de enero de 2008 la empresa ya efectivizó el cobro de dos planillas de avance de obra, por el monto de Bs. 566.225,12.- (quinientos sesenta y seis mil doscientos veinticinco), la primera de Bs. 126.611,58.- (ciento veintiséis mil seiscientos once bolivianos) y la segunda de Bs. 439.613,54.- (cuatrocientos treinta y nueve mil seiscientos trece bolivianos).

Así se tiene que de la verificación de trabajos se evidenció que pese a haberse cancelado por parte de la Prefectura la segunda planilla de avance, los materiales de dicho avance no se encuentran en la obra como ser el acero, estructura: “H.S. Tipo P, Hormigón Tipo FCK=210OKG/CM2, barandado tipo P-3 SNC cable para pretensado 12.” (sic)