Auto Supremo AS/0496/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2016-RRC

Fecha: 01-Jul-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


El recurrente denunció que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva y “aditiva”, porque no se pronunció sobre los todos los puntos cuestionados de la Sentencia, en su recurso de apelación.

Al respecto, cabe señalar que en cuanto al recurso de casación de la parte querellante, se tienen que al estarse dejando sin efecto el efecto actuaciones procesales y a la vez el Auto de Vista de 27/2015 de 3 de noviembre, hasta que se cumpla con la notificación legal con el Auto Definitivo de rechazo de la apelación restringida al Imputado de fs. 894, así con el señalamiento de Audiencia de Complementación; por lo que, no tiene mayor trascendencia resolver el recurso de casación presentada por la parte acusadora particular; toda vez, que los efectos de dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado por el recurrente retrotraerá los actuados procesales hasta la notificación con el cuestionado fallo definitivo, consiguientemente, el recurrente tendrá una nueva oportunidad de hacer valer sus derechos e impugnaciones en la instancia que corresponda, posterior a la notificación legal con el Auto Definitivo de 29 de septiembre de 2015; toda vez, que se reitera, se dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado por el recurrente.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 27/2015 de 3 de noviembre de 2015, cursante de fs. 906 y vta.; y, determina que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, sin espera de turno y previo sorteo, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida. Para fines del art. 420 del CPP; remítase fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus Presidentes hagan conocer la presente Resolución, a los Tribunales y Jueces en materia Penal de su jurisdicción