Orlando A
El art. 180.I de la CPE, entre los principios rectores en los que se fundamenta la jurisdicción ordinaria, establece el debido proceso como principio que garantiza a todo sujeto procesal, tener acceso a un pronunciamiento motivado y fundamentado, sobre todos los motivos alegados en cualquier recurso que la ley prevé, por lo mismo las autoridades que ejercen jurisdicción a nombre del Estado, deben manifestar por escrito los motivos de sus resoluciones, resguardando de esa manera tanto a los particulares como a la colectividad, de decisiones arbitrarias.
Orlando A. Rodríguez Ch., en su obra “Casación y Revisión Penal”, refiriéndose a la fundamentación y motivación, expresa: “…constituye un sello de garantía a los usuarios de la administración de justicia, porque con ello se evita la arbitrariedad, el capricho, decisiones contrarias, errores de lógica jurídica, y el actuar irrazonado de los funcionarios judiciales”
- Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 211/2016-RA de 21 de marzo,
- Refiere que el Auto de Vista no se pronunció de manera fundada al motivo de
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita que se anule del Auto de Vista y se ordene que se
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- ii) La acusada generó con su acción y su conducta un menoscabo manifiesto y ostensible
- iii) En base al bagaje probatorio se estableció que el 10 de agosto de 2014
- II.2. De la apelación restringida
- i) La Sentencia omitió pronunciarse y/o fundamentar sobre las agresiones mutuas y por ende existió
- ii) Se incurrió en el defecto contenido en el art
- iii) Existió contradicciones entre las pruebas testificales de cargo y de descargo; por lo que,
- iv) Denunció la existencia de defecto en los requisitos de la Sentencia en cuanto a
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Sobre la insuficiente fundamentación en la Sentencia, que vulnera el art
- c) Con relación al cuarto punto, sobre el defecto contenido en el art
- El presente recurso de casación fue admitido debido a que la recurrente denunció que el
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- El art
- III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Orlando A
- Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
- III.3.Del precedente contradictorio invocado
- referido precedente estableció la siguiente doctrina legal: “…El sistema de la sana crítica, otorga a
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.4.Análisis del caso concreto
- Sintetizada la denuncia traída a casación, la recurrente reclama que el Tribunal de alzada no
- Revisado el Auto de Vista se advierte que dicha resolución en su fundamentación señaló: “se
- En consecuencia, la relación precedente demuestra que no son evidentes los argumentos expuestos por la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
