Auto Supremo AS/0502/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2016-RRC

Fecha: 01-Jul-2016

Refiere que el Auto de Vista no se pronunció de manera fundada al motivo de


Refiere que el Auto de Vista no se pronunció de manera fundada al motivo de su apelación restringida, describe que existió vulneración del debido proceso en cuanto a la fundamentación y valoración de la toda la prueba, en el cual identificó como agravio que toda la comunidad de la prueba refiere que el día de los hechos existió agresiones recíprocas; sin embargo, el Auto de Vista de manera infundada señala que el Juez ha valorado la prueba correctamente haciendo un análisis integral de la prueba y no de manera aislada o individualizada; pero, no responde al agravio identificado en el recurso de apelación restringida, debiendo tener en cuenta que el debido proceso comprende la exigencia de la motivación de las resoluciones, así lo sustenta con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Constitucional; en ese sentido, el Tribunal de alzada no comprendió de manera concreta el agravio identificado, el cual como ya se dijo, era que el Juez de primera instancia no refirió nada, ni fundamentó acerca de las agresiones mutuas entre las partes en litigio, vulnerando con ello el debido proceso [art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE)] y el art. 124 del CPP, ante la inexistencia de fundamentación; en consecuencia, incumplió un aspecto indispensable que hace a los delitos contra el honor, en este caso la aplicación correcta del art. 290 del CP