2) El Auto de Vista omite pronunciarse con relación al reclamo de la apelación restringida
2) El Auto de Vista omite pronunciarse con relación al reclamo de la apelación restringida de que la Sentencia se basó en hechos inexistentes [370 inc. 6) del CPP], pues no ingresó a verificar si lo reclamado era cierto, pese de que se denunció dos hechos específicos inexistentes sobre los cuales la Sentencia sustenta su responsabilidad; tampoco se responde a su denuncia de violación a sus derechos a la presunción de inocencia y principio de no incriminación; invoca como precedente los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005 y 411 de 20 de octubre de 2006, sobre la obligación de los Tribunales de alzada en cuanto a la motivación de sus resoluciones y la pronunciación obligatoria sobre todos los puntos apelados; y Auto Supremo 051/2013 de 1 de marzo y 06/14 de 28 de febrero, que establecen la competencia del Tribunal de alzada precisando la obligación que tienen de responder de manera fundamentada y motivada todos y cada uno de los motivos expuestos caso contrario vulneraria el debido proceso
- Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- 2) El Auto de Vista omite pronunciarse con relación al reclamo de la apelación restringida
- 3) Alega la falta de motivación enunciativa y omisión en el Auto de Vista con
- 4) Incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no se pronunció sobre que,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- Con relación al primer motivo, alega la falta de motivación y errónea fundamentación del Auto
- Respecto al cuarto motivo, denuncia incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
