3) Alega la falta de motivación enunciativa y omisión en el Auto de Vista con
3) Alega la falta de motivación enunciativa y omisión en el Auto de Vista con relación al reclamo en su apelación de que la Sentencia contenía una fundamentación probatoria descriptiva incompleta y carecía de fundamentación probatoria intelectiva; sin embargo, el referido Auto de Vista estableció que el Juez cumplió con la debida fundamentación y motivación que la Ley exige y al no haberse fundado los agravios denunciados corresponde confirmar la resolución apelada. Argumento que no puede ser válido legalmente ya que no ofrece con certeza alguna, sobre el razonamiento lógico jurídico que sustente su decisión como Tribunal de alzada, sin considerar que el Auto Supremo 073/2013-RRC de 19 de marzo, establece claramente los momentos de fundamentación y las exigencias legales que se deben cumplir, que también se encuentra respaldado por el Auto Supremo 87/2013 de 26 de marzo, es más señala el recurrente que el Tribunal de alzada ha incumplido con ejercer el control sobre la correcta valoración contraviniendo el Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006
- Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- 2) El Auto de Vista omite pronunciarse con relación al reclamo de la apelación restringida
- 3) Alega la falta de motivación enunciativa y omisión en el Auto de Vista con
- 4) Incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no se pronunció sobre que,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- Con relación al primer motivo, alega la falta de motivación y errónea fundamentación del Auto
- Respecto al cuarto motivo, denuncia incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
