Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 520/2016-RA
Sucre, 05 de julio de 2016
Expediente: La Paz 43/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Adelio Reas Huallpa
Delito: Violación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs. 434 a 442, Adelio Reas Huallpa, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 08/2016 de 25 de enero de fs. 405 a 406, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Violación, Lesiones Leves y Allanamiento de Domicilio, previstos y sancionados por los arts. 308, 271 y 298 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 520/2016-RA
Sucre, 05 de julio de 2016
Expediente: La Paz 43/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Adelio Reas Huallpa
Delito: Violación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs. 434 a 442, Adelio Reas Huallpa, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 08/2016 de 25 de enero de fs. 405 a 406, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Violación, Lesiones Leves y Allanamiento de Domicilio, previstos y sancionados por los arts. 308, 271 y 298 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- 2) El Auto de Vista omite pronunciarse con relación al reclamo de la apelación restringida
- 3) Alega la falta de motivación enunciativa y omisión en el Auto de Vista con
- 4) Incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no se pronunció sobre que,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- Con relación al primer motivo, alega la falta de motivación y errónea fundamentación del Auto
- Respecto al cuarto motivo, denuncia incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
