Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos, se advierte que el recurrente denuncia que
Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos, se advierte que el recurrente denuncia que el nuevo Auto de Vista ahora impugnado, no dio cumplimiento al Auto Supremo 167/2013 RRC de 13 de junio, que ordenó el pronunciamiento de una nueva resolución aplicando la doctrinal legal establecida referida a la ausencia de fundamentación y aplicación de la pena en la sentencia; empero en los Considerandos I y II del Auto de Vista 84/13 de 16 de octubre de 2013, el Tribunal de alzada omite pronunciarse de forma clara, objetiva y legal al respecto, plasmando en dieciocho líneas lo observado y reiterando la fundamentación de los puntos ya resueltos en el auto supremo, advirtiendo también que con relación al inciso “J-I” (sic) de su alzada, el Auto de Vista recurrido omite considerar que la sentencia inobservó los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP; por lo que, acusa que el Auto de Vista impugnado además de carecer de fundamentación, incurre en incongruencia omisiva, en infracción de los arts. 124 y 398 del CPP
- Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente Lindon Víctor Chambi Yujra, interpuso recurso de apelación
- c) El recurrente interpuso su recurso de casación el 7 de febrero de 2014, habiendo
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos, se advierte que el recurrente denuncia que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
