Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 524/2016-RA
Sucre, 13 de julio de 2016
Expediente: La Paz 97/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Lindon Víctor Chambi Yujra
Delitos : Falsedad Material y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs. 1960 a 1962, Lindon Víctor Chambi Yujra, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 84/13 de 16 de octubre de 2013, de fs. 1907 a 1912, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Bernabé Quispe Aruquipa contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198 y 203, ambos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 524/2016-RA
Sucre, 13 de julio de 2016
Expediente: La Paz 97/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Lindon Víctor Chambi Yujra
Delitos : Falsedad Material y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs. 1960 a 1962, Lindon Víctor Chambi Yujra, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 84/13 de 16 de octubre de 2013, de fs. 1907 a 1912, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Bernabé Quispe Aruquipa contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198 y 203, ambos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente Lindon Víctor Chambi Yujra, interpuso recurso de apelación
- c) El recurrente interpuso su recurso de casación el 7 de febrero de 2014, habiendo
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos, se advierte que el recurrente denuncia que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
