b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente Lindon Víctor Chambi Yujra, interpuso recurso de apelación
b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente Lindon Víctor Chambi Yujra, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 1500 a 1520 vta.), siendo resuelto por Auto de Vista 405/2012 de 14 de diciembre (fs. 1619 a 1625 vta.), que fue dejado sin efecto por el Auto Supremo 167/2013-RRC de 13 de junio (fs. 1989 a 1900 vta.); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dictó el Auto de Vista 84/13 de 16 de octubre de 2013 (fs. 1907 a 1912) que confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente Lindon Víctor Chambi Yujra, interpuso recurso de apelación
- c) El recurrente interpuso su recurso de casación el 7 de febrero de 2014, habiendo
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, en cuanto a los demás requisitos, se advierte que el recurrente denuncia que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
